miércoles, 18 de abril de 2012

Acuerdo SSPX - Roma: Importante paso

Como ya sabrá el eventual lector, se ha dado en estos días un paso importantísimo para llegar al acuerdo canónico-doctrinal entre la Hermandad Sacerdotal San Pío X (SSPX) y la Santa Sede: El Superior General de dicho grupo, mons. Bernard Fellay, ha entregado a la Santa Sede una versión "clarificada" del famoso "Preámbulo Doctrinal" que estarían dispuestos a firmar. A continuación el comunicado de la Santa Sede:
“El 17 de abril de 2012 ha llegado el texto de la respuesta de Su Excelencia Mons. Bernard Fellay, Superior General de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, que fue requerido en el encuentro del 16 de marzo de 2012 celebrado en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Dicho texto será examinado por el Dicasterio y, seguidamente, sometido al juicio del Santo Padre”.

Escueto pero interesante. Luego, el director de la Oficina de Prensa del Vaticano, hizo la siguiente declaración (tomado y traducido de rorate-caeli):

"Las noticias de hoy significan que la respuesta de ayer del obispo Fellay, que había sido solicitada por el cardenal Levada en la última reunión, fue entregada (...) a la comisión Ecclesia Dei, a la Congregación para la Doctrina de la Fe. Ahora, esta respuesta, es una respuesta que, de acuerdo a las palabras de aquellos que la vieron, es muy diferente a la respuesta anterior, y esto es muy alentador, avanzamos. Pero, naturalmente, también encontramos en la respuesta adiciones de ciertos de detalles o integraciones al texto del preámbulo doctrinal que había sido propuesto por la Congregación para un acuerdo doctrinal, y esta respuesta será discutuda, será examinada primero por la Congregación para la Doctrina de la Fe, en una de sus reuniones de las próximas semanas, luego, será también naturalmente examinada directamente por el Papa. Puede decirse que se ha avanzado, esto es, que la respuesta, la nueva respuesta, es mas bien alentadora, pero hay aún desarrollos que se realizarán, y examinarán, y decisiones que deberían ser tomadas en las próximas semanas. Pienso que la espera no será larga porque hay deseo de llegar a una conclusión en estas discusiones, en estos contactos"

Ahora bien, estos eventos ya habían sido adelantados por Andrea Tornielli (La Stampa), Jean-Marie Guénois (Le Figaro) y el diario Der Spiegel. Varios coincidieron en que "emisarios" de ambas partes han trabajado extraoficialmente para llegar a un acuerdo. Si se han cumplido los eventos que predijeron los "vaticanistas", creo que podemos dar crédito también a este dato, es decir, que el texto del preámbulo "modificado" ha sido fruto de un trabajo de ambas partes.

Personalmente, creo que las noticias son por demás alentadoras. Durante Mayo seguramente tendremos nuevas noticias. En el peor de los casos, la Santa Sede propondrá nuevas modificaciones, pero lo dudo y aún así, trabajar sobre un texto que la SSPX estaría dispuesta a aceptar será mucho mas facil que trabajar sobre la nada o sobre enroscados tratados doctrinales.

Cerrado el tema del preámbulo, el siguiente paso será esperar al establecimiento de la estructura canónica para la SSPX. Podría esperarse la promulgación de una Constitución Apostólica como la Anglicanorum Coetibus, especialmente si debiese crearse una estructura canónica nueva. De otra forma, creo que bastaría con un Motu Proprio.



UPDATE: rorate-caeli publica un comunicado oficial de la SSPX
Comunicado de la Casa General de la Sociedad de San Pío X from the General House of the Society of Saint Pius X (18 de Abril de 2012)

Los medios están anunciando que el obispo Bernard Fellay ha enviado una "respuesta positiva" a la Congregación para la Doctrina de la Fe, y que consecuentemente la cuestión doctrinal entre la Santa Sede y la Sociedad de San Pío X está ahora resuelta.

La realidad es diferente.

En la carta fechada el 17 de Abril de 2012, el superior general de la Sociedad de San Pío X respondió al pedido de clarificación que le había sido realizado el 16 de Marzo por el cardenal William Levada acerca del preámbulo doctrinal entregado el 14 de Septiembre de 2011. Como indica el comunicado de prensa fechado hoy (17 de Abril) de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el texto de la respuesta "será examinado por el dicasterio y luego entregado al Santo Padre para su evaluación".

Esto es en consecuencia, una etapa y no una conclusión.

Menzingen, 18 de Abril de 2012.

Si, básicamente es una sutil clarificación, pero no se niega la esencia de los reportes. Diría que es un hecho que la SSPX entregó una versión del preámbulo que les resulta aceptable. Si esta versión también es aceptable para la Santa Sede, la cuestión doctrinal estaría resuelta. Obviamente, no me refiero a que se llegue a un acuerdo en las doctrinas propiamente dichas, sino que precisamente, el disenso doctrinal entre la SSPX y Roma dejaría de ser visto por ambas partes como un impedimento para el acuerdo canónico.

miércoles, 11 de abril de 2012

La Misa neocatecumenal nuevamente bajo estudio vaticano

Leo en el sitio de Sandro Magister una entrada acerca de nuevos movimientos en el Vaticano con respecto a la Misa neocatecumenal. Es sabido que el periodista en cuestión no tiene mucha simpatía por el camino, pero lo que reporta el día de hoy parece bastante objetivo. Copio los fragmentos mas significativos con algunos énfasis y [comentarios].

ROMA, 11 de abril de 2012 – Con una carta autógrafa al cardenal William J. Levada, Benedicto XVI ha ordenado a la congregación para la doctrina de la fe que examine si las misas neocatecumenales son o no conforme a la doctrina y a la praxis litúrgica de la Iglesia católica.

(...)

Hace tiempo que Benedicto XVI está preocupado por las modalidades particulares con las que las comunidades del Camino neocatecumenal celebran sus misas, el sábado por la noche, en locales separados. [Esta palabra habría que interpretarla con una connotación no tan negativa... viniendo de Benedicto XVI]

Su preocupación ha aumentado también por la trama urdida a sus espaldas en la curia el invierno pasado, sobre la que informó www.chiesa en los siguientes servicios. [Y también este eremita: "Liturgia neocatecumenal - Rumores de aprobación" y "Camino Neocatecumenal - No hubo aprobación litúrgica"]


Lo que sucedió es que el pontificio consejo para los laicos, presidido por el cardenal Stanislaw Rylko, había preparado el texto de un decreto de aprobación global de todas las celebraciones litúrgicas y extralitúrgicas del Camino neocatecumenal, que tenía que hacerse público el 20 de enero en ocasión de un encuentro previsto del papa con el Camino.

El decreto había sido redactado por indicación de la congregación para el culto divino, presidida por el cardenal Antonio Cañizares Llovera. Los fundadores y líderes del Camino, Francisco "Kiko" Argüello y Carmen Hernández, fueron informados de ello y anticiparon felices a sus seguidores la inminente aprobación.

Todo sin el conocimiento del papa.

Benedicto XVI vino en conocimiento del texto del decreto pocos días antes del encuentro del 20 de enero.

Lo encontró inconexo y equivocado. Ordenó que se anulara y se volviera a escribir según sus indicaciones.

De hecho, el 20 de enero, el decreto que se hizo público se limitó a aprobar las ceremonias extralitúrgicas que marcan las etapas catequéticas del Camino.

[Esto es definitivamente una especulación, pero sinceramente, es la única que tiene sentido. Es un hecho que los neocatecumenales asumían (y muchos siguen asumiendo) que se iban a aprobar todas las celebraciones litúrgicas y es un hecho que eso no pasó. Pero que el Papa no supiese nada es algo que resta ser probado... un neocatecumenal me afirmó previamente a todo este embrollo: "Se van a aprobar las celebraciones de los pasos, y tal vez toda la liturgia". Que fue lo que pasó en realidad, dificilmente se sepa algún día... no es que importe demasiado tampoco]

El papa en su discursó subrayó que solo éstas habían sido convalidadas, mientras que acerca de la misa dio a los neocatecumenales una verdadera y propia lección - casi un ultimátum - sobre cómo celebrarla en plena fidelidad a las normas litúrgicas y en efectiva comunión con la Iglesia. [Disiento ligeramente, fue mas bien una catequesis. Excelente catequesis. Pero no vi ningún ultimatum.]

En esos mismos días Benedicto XVI recibió en audiencia al arzobispo de Berlín, Rainer Maria Woelki, hombre de su confianza, al que en breve habría hecho cardenal. Woelki le habló, entre otros, precisamente de las dificultades que los neocatecumenales creaban en su diócesis, con sus misas separadas del sábado por la noche, oficiadas por una treintena de sus sacerdotes.

El papa pidió a Woelki que le hiciera una nota escrita sobre este tema. El 31 de enero Woelki le envió una carta con información más detallada.

Días más tarde, el 11 de febrero, el papa envió una copia de esta carta a la congregación para la doctrina de la fe, junto a su petición de examinar cuanto antes la cuestión, que "no sólo concierne a la archidiócesis de Berlín".

Según las indicaciones del papa, la comisión de examen presidida por la congregación para la doctrina de la fe tenía que tener la colaboración de otros dos dicasterios vaticanos: la congregación para el culto divino y la disciplina de los sacramentos, y el pontificio consejo para los laicos.

Y así ha sido. El 26 de marzo, en el Palacio del Santo Oficio, bajo la presidencia del secretario de la congregación para la doctrina de la fe, el arzobispo Luis Francisco Ladaria Ferrer, jesuita, se han reunido para un primer examen de la cuestión los secretarios de los otros dos dicasterios – el arzobispo Augustine J. Di Noia, dominico, para el culto divino y el obispo Josef Clemens, para los laicos – y cuatro expertos por ellos designados. Un quinto experto, ausente, dom Cassiano Folsom, prior del monasterio de San Benedicto en Norcia, envió su opinión por escrito.

Los juicios expresados sobre las misas de los neocatecumenales han sido todos críticos. Muy severo ha sido también el que la misma congregación para la doctrina de la fe había pedido, antes de la reunión, al teólogo y cardenal Karl J. Becker, jesuita, profesor emérito de la Pontificia Universidad Gregoriana y consultor del dicasterio. [El cardenal Becker es un grande, si está involucrado en el proceso, podemos abrigar mayores esperanzas de un buen desenlace]

El dossier predispuesto para la reunión por la congregación para la doctrina de la fe incluía la carta del papa del 11 de febrero, la carta del cardenal Woelki al papa en el original alemán y en versión inglesa, el parecer del cardenal Becker y una guía a la discusión en la cual se ponía en duda de forma explícita la conformidad a la doctrina y a la praxis litúrgica de la Iglesia católica del art. 13 § 2 del estatuto de los neocatecumenales, ese con el que ellos justifican sus misas separadas del sábado por la noche.

[Sinceramente, este punto es uno de los que me resultan menos preocupantes, pero sigamos...]

En realidad, el peligro temido por Benedicto XVI y otros muchos obispos – como resulta por las numerosas denuncias llegadas al Vaticano – es que las modalidades particulares con que las comunidades neocatecumenales de todo el mundo celebran sus misas introduzcan de hecho en la liturgia latina un nuevo "rito", compuesto de forma artificial por los fundadores del Camino, ajeno a la tradición litúrgica, lleno de ambigüedades doctrinales y factor de división en la comunidad de los fieles. [Disiento solamente con respecto a que el rito neocatecumenal este "lleno" de ambigüedades doctrinales... la única es el negar el hecho (o mas bien, restarle importancia) de que la Misa es un sacrificio]

El papa ha confiado a la comisión por él deseada la tarea de averiguar el fundamento de estos temores, en vista de las consiguientes decisiones.

Los juicios elaborados por la comisión serán examinados en una próxima reunión plenaria de la congregación para la doctrina de la fe, un miércoles – una "feria quarta" – de la segunda mitad de abril. [Parece que habrá novedades pronto.]

El eventual lector habrá leído ya mi crítica a la Misa neocatecumenal (caso contrario le sugiero leerla), sobre la cual querría agregar algunas reflexiones más.

¿Por qué el Camino Neocatecumenal insiste en tener una Misa por separado? Básicamente por dos razones: Porque (1) aduce que vivir la Misa en pequeñas comunidad posee un valor catequético y porque (2) supuestamente intentan vivir la Misa tal y como la celebraban las primeras comunidades.

Hemos de rechazar categóricamente la proposición (2) por muchas razones de peso. No por nada Pío XII condenó el "arqueologismo" litúrgico: se poseen muy pocas fuentes acerca de la liturgia en los tres primeros siglos de la Iglesia. Múltiples intentos de reconstruir esa liturgia darían resultados muy distintos, y además, el arqueologismo equivale a negar la guía divina del Espíritu Santo en la tradición de la Iglesia y la autoridad de los Papas como custodios de dicha tradición.

La multiplicidad de ritos existe en la Iglesia (y es una riqueza) por cuestiones culturales e históricas. San Pío V abolió en el siglo XVI todos los ritos que no tuviesen mas de 200 años de antigüedad precisamente para que estos no se multiplicasen sin necesidad, atentando contra la universalidad de la liturgia. Hoy por hoy, no se puede conceder a los movimientos la potestad de generar nuevos ritos, precisamente por esta misma razón. Los ritos de la Iglesia latina pueden contarse con los dedos de una mano: romano, dominico, cartujo, ambrosiano, mozárabe... no creo estar olvidándome de ninguno que siga "vivo". Si cada "carisma" pudiese tener el suyo propio, al cuerno con la universalidad de la Liturgia.

Hablemos ahora de la proposición (1). El Papa no la niega (puede constatarse eso en su último discurso a los neocatecumenales). Pero le pone un límite: "la maduración progresiva de la persona y de la pequeña comunidad en la fe debe favorecer su inserción en la vida de la gran comunidad eclesial, que tiene su forma ordinaria en la celebración litúrgica de la parroquia, en la cual y por la cual se actúa el Neocatecumenado".

Es sencillo profundizar el sentido de estas palabras: El Papa reconoce el valor catequético de la celebración de la Misa en pequeñas comunidades, sin embargo, a medida que el fin catequético se va obteniendo, esto debe llevar a una inserción en la vida litúrgica de la parroquia. Y es claro que el Papa no se refiere solamente a ciertas celebraciones como la Navidad o Domingo de Ramos (esto lo vienen haciendo en el camino desde hace tiempo), sino a la Misa parroquial ordinaria.

Además hay otra cuestión: No se que pasará en el resto del mundo, pero al menos en mi parroquia, los neocatecumenales no viven la Misa "en pequeña comunidad", por la sencilla razón de que no hay suficientes presbíteros. Entonces se juntan entre varias (o todas las) comunidades a celebrar la Misa. ¿El resultado? Una Misa parroquial paralela.

Entonces, de las dos razones que los neocatecumenales aducen para celebrar la Misa "a parte", una es objetivamente errónea y la otra tiene importantes limitaciones teóricas y prácticas. ¿Se justifica entonces la praxis neocatecumenal? Eso lo decidirá el Papa.

Aún así, vuelvo a mi crítica y me pregunto. ¿Que cosas deberían cambiar para asegurar la unidad con el resto de la Iglesia? De todo lo que menciono ahí, me parece que las siguientes cuestiones son fundamentales: Arrodillarse en la Consagración y la forma de recibir la Comunión. El corregir estos puntos es algo impostergable para garantizar el "sentire cum ecclesia", y también para acompañar a Benedicto XVI en su visión litúrgica, en la catequesis que quiere dar a la Iglesia y al mundo acerca de la misma.

Aquí Benedicto tiene una oportunidad de oro: Los neocatecumenales tienen un espíritu de obediencia a la Iglesia. Lo se porque los conozco. Si el Santo Padre mandase clara e inequívocamente a los neo a recibir la comunión de rodillas y en la boca, de inmediato tendría a un millón largo de personas recibiendo la Eucaristía de este modo. Y el beneficio para ellos y para la Iglesia sería inmediato.

El tema del altar también es crucial. Se deben emitir reglas claras para el Camino Neocatecumenal, que viola impunemente todos los cánones acerca del uso de altares. Aquí también tiene el Santo Padre una oportunidad de oro, aunque mandar a los neo a que celebren "ad orientem" sería un cambio muy drástico para ellos y no creo que lo haga. Pero al menos podría sugerirlo. No de cara a ellos, puesto que seguramente no cambiarán nada que no se les mande de forma taxativa, sino de cara a la Iglesia toda. Seria una oportunidad para afirmar una vez mas que el Concilio Vaticano II jamás mandó a "dar vuelta" los altares, y los beneficios de celebrar la liturgia "de cara a Dios".

Finalmente, también es una cuestión importante la de la música. Se les debe mandar, primero, a que respeten los lineamientos de la Redemptionis Sacramentum con respecto al acompañamiento musical durante la Consagración (que es ilícito). Luego se los debe animar enfáticamente a que empiecen a cantar gregoriano, a usar el propio de la Misa, etc. Les soy plenamente sincero: prefiero un millón de veces la música neocatecumenal a lo que se escucha en la diócesis de Quilmes, pero de nuevo, de cara al carácter universal de la liturgia, los neo deben ir incorporando el canto gregoriano... mas aún siendo un movimiento de carácter internacional... entiendo que los neo de todo el mundo cantan las mismas canciones (españolísimas) traducidas a la lengua vernácula, y mi espíritu se turba al solo imaginar los cantos neo cantados en alemán, japones... Santa Cecilia me libre. No, para eso existe el gregoriano, patrimonio de la Iglesia universal; la polifonía sacra, apoteosis de la música litúrgica. De nuevo, si el Papa tiene las agallas para mandar esto de forma "obligatoria", tendría un millón largo de personas cantando gregoriano cada domingo (o sábado a la noche)... y el beneficio sería gigantesco.

Con respecto a las cuestiones doctrinales, excepto lo que mencioné con respecto a la poca importancia que se le da al carácter sacrificial de la Misa (cosa que antaño los neo negaban, cayendo en herejía material), lo demás es ortodoxo... al menos dentro del paradigma del "novus ordo". Pero eso es oootro tema.

En fin, veremos que sucede.

sábado, 31 de marzo de 2012

Mariposas

(Tomado y traducido del blog de Alexander Pruss, con algunos comentarios)

El siguiente argumeto es válido [En el sentido de que no es un non sequitur: si las premisas son verdaderas, la conclusión también lo es.]:

  1. Muchas mariposas son obras de arte.
  2. Si Dios no existe, entonces, ninguna mariposa es una obra de arte.
  3. Luego, Dios existe.

Nótese que con el progreso de la ingeniería genética, podríamos modificar (II) a "Si Dios no existe, entonces ninguna mariposa que no haya sido modificada genéticamente es una obra de arte" y luego reforzar (I) al decir que muchas mariposas no modificadas genéticamente son obras de arte.

El pensamiento detrás de (I) no es solo que algunas mariposas son hermosas, sino que la mejor forma de apreciar sus cualidades estéticas es verlas como obras de arte.

Comentario eremítico: Por supuesto que (I) es indemostrable, pero mas allá de eso, el argumento en si y el esbozo de evidencia en favor de (I) es interesante, simpático (especialmente viniendo de un filósofo de la talla de Pruss) y a la vez familiar: Ver a Dios en la creación. También es interesante desde el punto de vista apologético, ya que es muy dificil explicar la belleza (especialmente la belleza artística) en terminos evolutivos, naturalistas, o incluso psicológicos.

viernes, 16 de marzo de 2012

SSPX - Nuevo comunicado de la Santa Sede

Del Vatican Information Service:

COMUNICADO SOBRE LA FRATERNIDAD SACERDOTAL SAN PIO X

Ciudad del Vaticano, 16 de marzo de 2012 (VIS).-Publicamos a continuación el comunicado emitido esta mañana por la Oficina de Prensa de la Santa Sede relativo a la fraternidad San Pio X.

“Durante el encuentro del 14 de septiembre de 2011 entre el cardenal William Levada, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe y presidente de la Pontificia Comisión 'Ecclesia Dei' y el obispo Bernard Fellay, Superior General de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, fue entregado a este último un 'Preámbulo doctrinal', acompañado de una 'Nota preliminar', como base fundamental para el logro de la reconciliación plena con la Sede Apostólica. Se enunciaban allí algunos principios doctrinales y criterios de interpretación de la doctrina católica necesarios para garantizar la fidelidad al Magisterio de la Iglesia y el 'sentire cum Ecclesia'".

“La respuesta de la Fraternidad Sacerdotal de San Pío X con respecto al 'Preámbulo doctrinal', mencionado más arriba, recibida en enero de 2012, fue sometida al examen de la Congregación para la Doctrina de la Fe y, sucesivamente, al juicio del Santo Padre. En cumplimiento de la decisión del Papa Benedicto XVI, en una carta entregada hoy se ha comunicado al obispo Fellay la evaluación de su respuesta. En la carta se observa que la posición por él expresada no es suficiente para superar los problemas doctrinales que subyacen a la fractura entre la Santa Sede y dicha Fraternidad”.

“Al término del encuentro de hoy, guiado por la preocupación de evitar una ruptura eclesial de consecuencias dolorosas e incalculables, se ha invitado al Superior General de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X a aclarar su posición, a fin de que se recomponga la fractura existente, como desea el Papa Benedicto XVI”.

Habrá que esperar al menos unas horas para ver la reacción de la SSPX y de las webs tradicionalistas, pero teniendo en cuenta la única "parte" de la respuesta de la SSPX que se conoce (la respuesta del padre Gleize al artículo de mons. Ocariz), supongo lo siguiente:

Lo que Roma debe estar exigiendo en estos momentos a la hermandad es que diga si considera al Concilio Vaticano II como un acto magisterial válido, al cual se le debe el grado de asentimiento correspondiente al Magisterio auténtico (no infalible), o no. La tesis de Gleize pareciera indicar un rechazo "in toto" del Concilio Vaticano II como acto magisterial legítimo, aunque ciertamente esta no fue la postura de mons. Lefebvre (que de hecho, dio su placet a mas de uno de los documentos del Concilio).

Como he dicho en más de una ocasión, tal postura sería inaceptable para la Santa Sede. Además, debe decirse que los argumentos aducidos por Gleize son absolutamente insuficientes. De ser admitidos cómo válidos, se pondría en riesgo la relación entre la "Ecclesia Docens" y la "Ecclesia Audiens", otorgándole a esta última autoridad para rechazar como inválido cualquier acto magisterial según su juicio privado. Por el contrario, es praxis católica tradicional el que, ante la duda en cuanto a la autoridad de tal o cual acto magisterial, es el Magisterio mismo quien debe aclararla.

Una cuestión distinta (que la hermandad pareciera mezclar) son las proposiciones particulares del Concilio Vaticano II que la SSPX no acepta. Como también he dicho en alguna ocasión, al no ser estas proposiciones "de fide", Roma no tendría porque negar status canónico en base a un disenso con respecto a ellas. El mejor ejemplo de esto son los "Feeneyitas".

Sin embargo, podría ser (y esto también puede haber suscitado el pedido de aclaración por parte de la Santa Sede) que la HSSPX considere estas proposiciones particulares, no solo como erróneas o "no tradicionales", sino como heréticas. Eso si que sería inaceptable para Roma, y requeriría mayor detalle por parte de la hermandad, a saber, presentar la argumentación teológica por la cual se considera a las proposiciones en cuestión como (a) contradictorias en sentido estricto con un pronunciamiento previo (b) infalible o irreformable.

Bueno, veremos como sigue esto.

domingo, 4 de marzo de 2012

Nuevo recurso acerca de la Libertad Religiosa

Con alegría recibo la noticia de que el comentarista Martin Ellingham ha iniciado una bitácora en la cual compartirá con la blogósfera parte de sus "indagaciones, cavilaciones y algunas conclusiones sobre la liberad religiosa en el Vaticano II".

http://lalibertadreligiosa.wordpress.com/

En principio, según nos comparte el autor, se limitará a seis entradas, con el fin primario de "difundir la interpretación de la Dignitatis humanae que hiciera Victorino Rodríguez, OP en la década de 1960".

Aún tengo pendiente la lectura del primer artículo publicado, lo cual espero resolver antes de que termine este domingo. Asumo que no podré evitar dejar algún comentario con mis impresiones.

Así que, eventual lector, le sugiero que se pege una vuelta por el antedicho blog para informarse un poco más acerca de este asunto.

miércoles, 29 de febrero de 2012

¿Que diría Pío IX de Dignitatis Humanae? Quanta Cura y el Syllabus según la interpretación de mons. Dupanloup

En estos días estuve leyendo algunos textos acerca de las reacciones de la Iglesia y los teólogos a la publicación de Quanta Cura y el Syllabus. Me encontré con cosas sumamente interesantes: la opinión de John Henry Newman y su posterior carta al duque de Norfolk, la figura de Louis Veuillot, el movimiento del liberalismo católico encabezado por Lamennais, Lacordaire, Montalembert... en fin, todas cosas muy interesantes.

Sin embargo, un texto de aquel momento me llamó considerablemente la atención: Una interpretación de Quanta Cura y el Syllabus escrita por el entonces obispo de Orleans, monseñor Felix Dupanloup, "autorizada" por Pío IX en persona. Motivado muy probablemente por las lecturas exageradas de los textos pontificios que hizo la prensa anti-eclesiástica, el prelado escribió y publicó un trabajo titulado "La Convention du 15 Septembre et l'Encyclique du 8 Décembre", por el cual no solo recibió centenares de cartas de agradecimiento por parte de muchos prelados (entre ellos, el entonces arzobispo de Perugia y futuro Papa, mons. Pecci, Leon XIII), sino que además, recibió el apoyo y agradecimiento del mismísimo Pío IX (en las primeras páginas del libro linkeado puede verse la misiva que envió el sumo pontífice al autor, en latín y francés).

En "Opuscula", el blog de Keith Gurries, puede encontrarse un buen análisis en tres partes de la "intervención" de monseñor Dupanloup; la primera, tratando acerca de los principios interpretativos que deben ser usados para analizar los textos (de especial importancia es la distinción entre proposiciones contrarias y proposición contradictoria, siendo esta última la que se afirma cuando se condena una proposición y no las primeras), la segunda, acerca de la distinción entre tesis e hipótesis (a mi juicio, de menor importancia, al menos en este contexto), y la tercera, acerca de la doctrina de la libertad religiosa. Dada la disponibilidad de este estudio (suficiente para quien quiera profundizar un poco más), yo solo voy a referirme brevemente a un aspecto particular del texto de Dupanloup: la terminología utilizada para tratar la cuestión de la libertad religiosa.

Dice el entonces obispo de Orleans:
"Bien, dice usted nuevamente: "pero, al menos la libertad de conciencia, la libertad de cultos... ¿niega usted que la encíclica las condene?" Aquí, de nuevo, ¡explíquese! Porque en Francia y en el mundo hay extrañas maneras de entender estas libertades. ¿Debe ser repetido por centésima vez? Lo que la Iglesia, lo que el Papa condena, es el indiferentismo religioso.

(...)

Pero, rechazar este insensato y culpable indiferentismo y las consecuencias de licencia absoluta que se siguen del mismo, ¿es acaso rechazar la tolerancia a las personas y la libertad civil de los cultos? (orig. liberté civile des cultes) Esto no se ha dicho jamás, y todos los teólogos dicen lo contrario.

De hecho, jamás se ha escuchado a los Papas condenar a los gobiernos que han creído su deber, según la necesidad de los tiempos, el inscribir esta tolerancia, esta libertad en sus constituciones.

Como decía antes, lo que me llama la atención es el uso del término "libertad civil". El tradicionalismo insiste en que el término "tolerancia" es el único susceptible de ser usado cuando se habla de la práctica pública de religiones falsas. Sin embargo, vemos que aquí monseñor Dupanloup, utiliza el término "libertad civil", que casualmente es el mismo que utiliza el catecismo para explicar el significado de Dignitatis Humanae:
2108 El derecho a la libertad religiosa no es ni la permisión moral de adherirse al error (...), ni un supuesto derecho al error (...), sino un derecho natural de la persona humana a la libertad civil, es decir, a la inmunidad de coacción exterior, en los justos límites, en materia religiosa por parte del poder político. Este derecho natural debe ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad de manera que constituya un derecho civil.

Es interesante ver como Dupanloup también cita como práctica no condenada por la Iglesia, el incorporar la libertad civil de culto a la legislación, práctica que manda Dignitatis Humanae y que cuestionan muchos tradicionalistas. De hecho, resultaba de vital importancia aclarar este punto, ya que muchos católicos pensaron (según las interpretaciones mas extremistas de Quanta Cura y el Syllabus) que ya no iban a poder jurar las constituciones de sus países por hacer referencia estas a la libertad de culto (los historiadores citan los casos de Francia y Bélgica). Dupanloup pone como contra-ejemplo, el cómo Pío VII aceptó tomar juramento a Napoleón (juramento que incluía el compromiso formal a respetar la libertad de cultos), luego de que el cardenal Fesch le aclarara al pontífice que este término significaba "una mera tolerancia civil y garantía a los individuos".

Intitulé este post con una pregunta: ¿Que diría Pío IX de Dignitatis Humanae? El comentario de Dupanloup no responde totalmente a esta pregunta, pero creo que se puede honestamente sacar del mismo la siguiente conclusión: La libertad civil de culto no fue condenada por el beato Papa Ferretti, ni tampoco la incorporación de este principio a la ley positiva, como una garantía a los ciudadanos no-católicos de un estado confesional. ¿Un derecho fundado en la dignidad humana? No me caben dudas de que Pío IX de ninguna manera hubiese estado de acuerdo con tal proposición, pero tampoco puede usarse Quanta Cura o el Syllabus para juzgarla ya condenada por el Magisterio; la interpretación de mons. Dupanloup, aprobada y alabada por el mismísimo Pío IX, no deja mucho lugar a dudas.

La contracara de esta historia es la persona de Louis Veuillot, periodista francés de tendencias que comúnmente serían definidas como "ultramontanas". Veulliot veía el trabajo de mons. Dupanloup como un "anti-syllabus" (¿suena conocido el término?). Cuenta el historiador Giacomo Martina en su libro "Pío IX" que Veulliot, quien se encontraba en Roma en ese momento, buscó en vano el impedir el envío de la "felicitación" a monseñor Dupanloup (p. 353). Sin embargo, pese a sus esfuerzos, Pío IX simplemente se limitó a insertar en la misiva un párrafo en el cual le manifestaba al obispo de Orleans el estar "confiado de que con su acostumbrada dedicación por la defensa de la religión y la verdad, enseñará y hará comprender al pueblo el verdadero sentido de nuestras cartas incluso con mas celo y cuidado que con el que ha refutado tan vigorosamente las calumniosas interpretaciones que se nos han inflingido". Nuevamente, incluso con esta "llamada de atención", no quedan dudas de que Pío IX juzgó las posturas de Dupanloup como ortodoxas.

Me quedan algunas cosas más por comentar acerca de este interesante momento en la historia de la Iglesia, las cuales espero tratar en futuras entradas. De momento, el eventual lector que desee profundizar mas en el asunto puede valerse de las páginas citadas en este post, así como de este libro de Yves Cochin acerca de Pío IX (en castellano, pero no está disponible de manera completa), o de este breve artículo de Fr. Ricardo Corleto, OAR, los cuales también motivaron la redacción de esta entrada.

lunes, 6 de febrero de 2012

Texto de mons. Lefebvre durante el Concilio

Gracias a Martin Ellingham he descubierto el sitio de la Fundación Speiro, que tiene un archivo de la publicación "Verbo", desde el año 1962 hasta el 2008. Originalmente estaba buscando los artículos del jesuita Eustaquio Guerrero acerca de Dignitatis Humanae; pude leer el primero y es realmente excelente. Sin embargo, buscando los otros, me crucé con un artículo de mons. Marcel Lefebvre, intitulado "Perspectivas conciliares entre la 3.a y la 4.a sesión", publicado originalmente en la conocida Itinéraires, que Verbo publicó traducido al castellano en 1965. En él, el arzobispo habla, entre otras cosas, acerca de la colegialidad, la liturgia, etc.

En mi humilde opinión, algunas declaraciones son... reveladoras. Por no decir que son una bomba. El resto del texto es también excelente, mons. habla del "nuevo magisterio" (la opinión pública), de los temores que abrigaba con respecto al esquema del cardenal Bea para lo que luego fue Dignitatis Humanae, describe con aterradora precisión las fuerzas oscuras (no hay mejor palabra para describirlas... a no ser que utilicemos términos como "demoníacas", "anti-cristianas", etc.) que operaron durante el Concilio, etc... a pesar de todo esto, al término de la tercer sesión, por este texto se puede adivinar que Lefebvre era sumamente optimista.

En la presente entrada, me centro en dos fragmentos que realmente me sorprendieron y que además son muy relevantes para la situación que estamos viviendo (la posible reconciliación de la SSPX), pero recomiendo vívamente la lectura íntegra del texto original.

Colegialidad: "La estructura tradicional de la Iglesia queda asegurada"


Copio casi íntegramente esta sección con algunos énfasis y [comentarios]:
Parece innegable que uno de los primeros objetivos que proponían quienes se erigían en portavoces de la opinión pública era el reemplazar el poder personal del Papa por un poder colegial. Al no permitir los sedicentes tiempos modernos que subsista una autoridad personal como la del Papa, (...), era preciso por tanto suprimir la Curia y dar al Papa un consejo de obispos con el cual gobernaría la Iglesia, teniendo así los obispos una verdadera participación en el gobierno de la Iglesia universal. Esta afirmación atentaría a la vez al poder personal del Papa y al poder personal del obispo.

Era preciso, pues, a toda costa, probar que la colegialidad jurídica tiene fundamentos en la tradición, y en consecuencia en la teología. La supresión de la distinción entre el poder de orden y el poder de jurisdicción facilitaría la prueba. Al tener el obispo por su consagración poder sobre la Iglesia universal, el Papa no puede gobernar la Iglesia universal sin contar con los obispos. Por lo mismo, el Papa no puede quitar o restringir demasiado los poderes de jurisdicción de los obispos, puesto que los tienen por su consagración.

La colegialidad era, pues, el objetivo a alcanzar. Alcanzado este objetivo, todas las conclusiones se deducen por sí mismas y modifican radicalmente las estructuras tradicionales de la Iglesia. En lo sucesivo, tanto en Roma como en las distintas naciones, la Iglesia estaría gobernada por asambleas y ya no por una autoridad personal absolutamente contraria, según los innovadores, a todos los principios de la sociedad moderna. La colegialidad se presentaba, pues, como el primer "caballo de Troya" destinado a destruir las estructuras tradicionales. De ahí la saña con que se emplearon todos los medios imaginables para asegurar el éxito. Es preciso confesar que humanamente, visto el número de quienes creían deber aprobarla, vistos los medios empleados, el éxito de la nueva tesis era seguro. [Lo admito sin vergüenza: leer esto me dio miedo.]

[Y este párrafo es... increíble.] Pero el Espíritu Santo velaba, y es preciso leer atentamente la nota explicativa para darse cuenta que ese mensaje ha descendido verdaderamente del Cielo, pues, en primer lugar, la nota elimina la colegialidad jurídica y, en consecuencia, suprime todos los derechos de los obispos al gobierno de la Iglesia universal; en segundo lugar, somete la jurisdicción personal de los obispos a la entera disposición del Sucesor de Pedro; en tercer lugar, reafirma que la función de Pastor de la Iglesia universal pertenece sólo al Papa y, en cuarto lugar, subraya claramente que los obispos no pueden obrar colegialmente más que de acuerdo con la voluntad explícita del Papa. La estructura tradicional de la Iglesia queda, pues, perfectamente asegurada, como lo afirmó el mismo Papa en su discurso de clausura. Hay que reconocer que después de las angustias que hemos padecido a lo largo de la segunda sesión y al comienzo de la tercera, esta luz divina proyectada de nuevo sobre la inmutable constitución de la Iglesia nos ha parecido como un signo patente de la divinidad de la Iglesia.

No se puede por menos de ligar los dos acontecimientos : el alejamiento de los errores que apartaba una colegialidad mal comprendida y la aparición de María Madre de la Iglesia, de la Iglesia de Nuestro Señor, de la Iglesia católica romana, de la Iglesia constituida por el Papa, por los obispos unidos y sometidos al Papa y jefes de sus iglesias particulares, por los sacerdotes y particularmente los párrocos cooperadores de los obispos, y por fin por los fieles, recibiendo por conducto de ese sacerdocio jerárquico las gracias innumerables que le permiten santificarse, santificar la familia, la parroquia, el municipio, la profesión, la sociedad, y así someter todo al orden divino por la práctica de la virtud de la justicia: Opus justitiae Pax. La Iglesia es verdaderamente eterna, y María, que por sí sola ha vencido a todas las herejías, continúa velando sobre ella con una maternal solicitud.

Creo que recordar que la colegialidad es uno de los puntos doctrinales que la SSPX critica actualmente del CVII... pareciera ser, por este texto, que mons. Lefebvre consideraba a la Lumen Gentium como perfectamente ortodoxa.

Liturgia: "Algo había que reformar y que volver a encontrar"


Idem anterior, copio casi íntegramente esta sección con algunos énfasis y [comentarios]:
En medio de las oposiciones, de las exageraciones, de las discusiones que caracterizan este período de adaptación, cabe esperar que sea encontrada una provechosa línea media. Al ver la rapidez, desacostumbrada en la Iglesia, con que en todos los países se han realizado las aplicaciones, no se puede por menos de temer que ciertas medidas produzcan resultados imprevistos y desgraciados. Así puede ocurrir respecto a la devoción al Santísimo Sacramento, a la devoción a la Virgen María
y a los Santos, cuyas imágenes están siendo eliminadas de numerosas iglesias sin ningún respeto a la más primaria pastoral y catequesis; a la bella y buena armonía de la casa de Dios, que se ha convertido en una casa de los hombres más que en una casa de Dios; a la belleza verdaderamente divina de los cantos latinos, suprimidos y todavía no reemplazados por melodías equivalentes.

[Otro párrafo que me dejó absorto:] No obstante estas afirmaciones, ¿debemos sacar la conclusión de que era preciso guardar todas esas cosas sin cambio? El Concilio, con mesura y prudencia, respondió negativamente. Algo había que reformar y que volver a encontrar.

Es claro que la primera parte de la Misa, hecha para enseñar a los fieles y hacerles expresar su fe, tenía necesidad de alcanzar esos fines de una manera más clara y en cierta medida más inteligible. A mi humilde opinión dos reformas en ese sentido parecían útiles: en primer lugar, que los ritos de esta primera parte se tradujeran en lengua vernácula. Hacer lo posible porque el sacerdote se aproxime a los fieles, se ponga en comunicación con ellos, rece y cante con ellos, esté, por tanto, en el púlpito, recite en su lengua las oraciones, las lecturas de la Epístola y el Evangelio; que el sacerdote cante en las divinas melodías tradicionales el Kyrie, el Gloria y el Credo con los fieles, constituyen otras tantas reformas afortunadas que devuelven a esta parte de la Misa su verdadero objeto. Que la ordenación de esta parte didáctica se haga en primer lugar en función de las Misas cantadas del domingo, de tal suerte que esta Misa sea el modelo al que deben adaptarse las otras Misas, constituyen otros tantos aspectos de renovación que parecen excelentes.

Añadamos sobre todo las directivas necesarias para una predicación verdadera, sencilla, emotiva, fuerte en su fe y determinante en las resoluciones. Es éste uno de los puntos más importantes que se deben obtener de la renovación litúrgica de esta parte de la Misa. Para los sacramentos y los sacramentales, el uso de la lengua de los fieles parece todavía más necesaria, puesto que les conciernen más directa y más personalmente. Pero son tales los argumentos en favor de la conservación del latín en las partes de la Misa que se hacen en el altar, que se puede esperar que en un día próximo se ponga límites a la invasión de la lengua vernácula en este tesoro de unidad, de universalidad, en ese misterio que ninguna lengua humana puede expresar y describir. [Aplaudo de pie]

Qué no debemos desear para que el alma de los fieles se una espiritualmente, personalmente, a Nuestro Señor, presente en la Eucaristía, y a su divino Espíritu, de tal suerte que quede proscrito de un modo absoluto todo lo que pueda perjudicar a ese objetivo, por exageración de las oraciones vocales y exageración de ritos, por falta de respeto a la Eucaristía, por una vulgaridad inconveniente para los misterios divinos. Una reforma en este terreno no puede ser buena si no asegura de un modo más cierto los fines esenciales de los misterios divinos, tal como Nuestro Señor los estableció y la Tradición los ha transmitido.

A mi esto me resulta increíble. Siempre me debatí cómo debería ser la "reforma de la reforma": ¿Eliminar el Novus Ordo? Se desataría otra guerra litúrgica. ¿Modificar el Novus Ordo? Podría ser. ¿Conservar la forma extraordinaria y reemplazar el Novus Ordo por una forma "mas sencilla" del rito tridentino (Lo cual no sería otra cosa mas que aplicar fielmente la Sacrosanctum Concilium)? ¿Podríamos llamarle a esto la "reforma lefebvrista de la reforma"?

Pobre monseñor Lefebvre... no se imaginaba ni por las tapas el desastre que vendría solo 5 años después.

sábado, 4 de febrero de 2012

SSPX - Status Questionis

Como había mencionado en la entrada anterior, tenía pendiente una entrada haciendo un resumen de la cuestión de la SSPX. Desde la publicación de la respuesta a mons. Ocariz Braña por parte del padre Jean-Michel Gleize, hasta el día de ayer, han surgido una serie de eventos, informaciones y desinformaciones que me parece apropiado revisar... aunque mas no sea para ordenar mis propios pensamientos (objetivo fundacional de este blog).

La propuesta de la Santa Sede a la SSPX


Habiéndome ocupado ya de la cuestión del estado jurisdiccional de la SSPX, comienzo esta entrada analizando el estado actual de las tratativas con la Santa Sede. Es sabido que las autoridades vaticanas entregaron el pasado 14 de Septiembre a la hermandad, un "preámbulo doctrinal", el cual esta debería aceptar para proceder a una regularización canónica. Si bien al principio el contenido de este documento se mantuvo en secreto, la reciente homilía dada en Estados Unidos por el superior general de la SSPX, ha permitido adivinar los lineamientos más generales del mismo. En esta homilía, dijo mons. Fellay:
Al final de esta discusión, viene esta invitación de Roma. En esta invitación hay una propuesta de regularización canónica. (...) Ellos cumplieron todos nuestros requisitos, podría decir, a nivel práctico. (...) El problema permanece en el otro nivel: el nivel doctrinal.

(...)

Ellos dicen "esto es lo que deben aceptar: deben aceptar que para aquellos puntos del Concilio donde hay dificultad (puntos ambiguos o conflictivos), puntos como el ecumenismo, la libertad religiosa, estos puntos deben ser entendidos en coherencia con la enseñanza perpetua de la Iglesia", "Entonces, si hay algo ambiguo en el Concilio, deben comprenderlo como la Iglesia siempre lo ha enseñado".

(...)

El problema, es que en este texto, ellos dan dos aplicaciones de cómo debemos entender estos principios. Estos dos ejemplos que nos dan son el ecumenismo y la libertad religiosa, tal y como son descritos en el catecismo de la Iglesia Católica, que son exactamente los puntos que le reprochamos al Concilio.

Creo que esto, sumado al comunicado prensa que la Santa Sede dio con ocasión de la entrega del preámbulo, dejan las cosas bastante en claro:

  • La propuesta canónica de la Santa Sede satisface todos los requisitos prácticos de la SSPX.
  • Se propone la famosa "hermenéutica de la continuidad" como criterio para interpretar los puntos dudosos del Concilio.
  • La Santa Sede considera su actual doctrina acerca de la libertad religiosa y el ecumenismo como perfectamente compatibles con la Tradición.

Es este último punto el que suscita la discordia, aunque no queda claro si la SSPX debe aceptar la doctrina del catecismo "tal y como está" para proceder a una regularización, o no. Mas acerca de esto hacia el final de la entrada.

La primera respuesta de la SSPX


Luego de que la SSPX se reuniera para discutir la propuesta de la Santa Sede, hubo ciertas indiscreciones por parte de algunos superiores que permitieron conocer algunos puntos del preámbulo... así como también que la respuesta inicial no sería positiva. En esos días, L'Osservatore Romano publicó un artículo de mons. Fernando Ocariz Braña (Vicario General del Opus Dei y miembro del comité encargado de llevar adelante las discusiones doctrinales con la hermandad) intitulado Sobre la adhesión al Concilio Vaticano II. Al cruce del prelado salieron de todos lados, yo mismo hice algunos comentarios desde mi propia perspectiva. Pero la respuesta mas oficial por parte de la SSPX la dio el padre Jean-Michel Gleize (también partícipe de las discusiones doctrinales) pocos días después de que nos enterásemos de que la SSPX ya había entregado una primera respuesta a Roma. Finalmente, se pudo saber que "uno de los componentes que conforman dicha respuesta", era en efecto el trabajo del padre Gleize.

Debe decirse que el paper del teólogo de la SSPX posee serias deficiencias. Tengo entre mis borradores una crítica más detallada al texto en cuestión, el cual espero pulir y publicar pronto, pero de momento, bastará con resaltar los siguientes puntos:

  • La mayoría de las premisas del texto están débilmente fundamentadas. Por ejemplo, Gleize pretende demostrar que el objeto formal del Vaticano II es incompatible con el de un acto magisterial, basándose principalmente en una simple frase del discurso inaugural del Concilio, ignorando, entre otras cosas, el resto del discurso, la evidencia interna de los documentos del Concilio, sus actas, la interpretación del Magisterio posterior, etc.
  • Las famosos "aparentes contradicciones" están tratadas al estilo blog. Lo único que hace Gleize con respecto a este importantísimo punto es hacer la típica lista "este documento contradice a este otro, aquel a aquel otro", etc.
  • Hace una interpretación muy tendenciosa de los textos que analiza.

Me detengo sobre este último punto para dar un claro ejemplo de aquello a lo que me refiero. En la segunda mitad del texto, Gleize se pasa un buen rato criticando el "nuevo" concepto de "continuidad" supuestamente propuesto por Benedicto XVI. Habla en una parte del discurso del Papa a la curia en Diciembre de 2005 (el famoso discurso de la hermenéutica de la continuidad). Gleize critica el concepto de "sujeto-Iglesia" como artífice de la continuidad, como queriendo inducir al lector a pensar que Benedicto XVI creyese que los dogmas no son verdades objetivas, sin embargo, es un hecho más que evidente para cualquier persona pensante, que la verdadera intención de Benedicto al hablar de la continuidad del sujeto-Iglesia, era refutar a los rupturistas liberales. Eso sin mencionar que en ese mismo discurso, Benedicto dijo cosas como esta:
Aquí quisiera citar solamente las palabras, muy conocidas, del Papa Juan XXIII, en las que esta hermenéutica se expresa de una forma inequívoca cuando dice que el Concilio "quiere transmitir la doctrina en su pureza e integridad, sin atenuaciones ni deformaciones", y prosigue: "Nuestra tarea no es únicamente guardar este tesoro precioso, como si nos preocupáramos tan sólo de la antigüedad, sino también dedicarnos con voluntad diligente, sin temor, a estudiar lo que exige nuestra época (...). Es necesario que esta doctrina, verdadera e inmutable, a la que se debe prestar fielmente obediencia, se profundice y exponga según las exigencias de nuestro tiempo. En efecto, una cosa es el depósito de la fe, es decir, las verdades que contiene nuestra venerable doctrina, y otra distinta el modo como se enuncian estas verdades, conservando sin embargo el mismo sentido y significado".

Sin palabras. En fin, no es de extrañar que si el resto de los "documentos" contenidos en la respuesta a la Santa Sede fueron de este lamentable nivel teológico, la Santa Sede haya demandado de parte de la SSPX una aclaración subsiguiente, la cual mons. Fellay proporcionó hace unos días.

Posibles caminos por los que puede proseguir la discusión


De acuerdo a lo que sabemos y en mi humilde opinión, todo dependerá de si la Santa Sede desea insistir en que la SSPX acepte la doctrina de la libertad religiosa y los lineamientos sobre el ecumenismo presentados en el catecismo. Hay tres razones por las que pienso que esto no será así:

  • El comunicado de la Santa Sede acerca del preámbulo doctrinal, aclaraba que este dejaba abierta la posibilidad de "discusión legítima, el estudio y la explicación teológica de expresiones o formulaciones particulares presentes en los documentos del Concilio Vaticano II y del Magisterio sucesivo."
  • Como ya he hecho notar alguna vez, el cardenal Levada dijo en una entrevista que la Santa Sede está dispuesta a revisar todo el catecismo con la SSPX.
  • Ninguno de estos dos elementos es, al día de hoy, irreformable. Es más, los lineamientos acerca del ecumenismo ni siquiera son doctrinales y no requieren adhesión alguna... de hecho, yo mismo no los comparto: el número 821 del catecismo me parece lisa y llanamente erróneo... y nadie es menos católico por pensar así.

Ha de hacerse la salvedad de que si bien es posible disentir con respecto a la doctrina de la libertad religiosa expuesta en Dignitatis Humanae (ya que este documento no ha sido propuesto ni como irreformable ni como infalible), uno no puede simplemente ignorarlo: exige un "religioso obsequio de la mente y la voluntad". ¿Qué significa esto? Ya lo he tratado de forma teórica, pero si vamos a la aplicación práctica en este caso particular, me parece que la SSPX deberá "defender" su postura, explicando detalladamente por qué no puede en conciencia aceptar este documento... hasta el momento, la SSPX no ha demostrado (y dudo que pueda hacerlo) el supuesto carácter herético de Dignitatis Humanae. Si por lo menos hiciesen una defensa coherente de su postura, tal vez la Santa Sede la tomaría por suficiente... al fin y al cabo, si Roma considera que para ser católico es necesario adherir a DH en su integridad, no tiene más que proclamar con la debida autoridad las doctrinas en él contendidas con caracter de irreformables.

Por otro lado, tal vez Roma insista en llegar a un acuerdo teológico sobre este punto... sin embargo, en mi humilde opinión, tal debate y posterior acuerdo puede y debe darse luego de que la SSPX vuelva a tener jurisdicción y pueda administrar los sacramentos sin la menor sombra de duda acerca de su licitud y validez. Como mas de una vez he dicho, solo un disenso en doctrinas "de fide" puede justificar la postergación del acuerdo canónico. Ahora bien, ya sabemos que para Roma, las cuestiones en disputa no pertenecen al Depósito de la Fe (lo cual de por sí debería bastar), con lo cual, a menos que la SSPX pueda demostrar que las doctrinas que defienden hayan sido declaradas como infalibles o irreformables y que el magisterio posterior peque de herejía contra las mismas (tesis que me parece errónea, casi con toda probabilidad), entonces no habría obstáculo para una regularización.

Ahora bien, si la fraternidad insiste en rechazar "in toto" el Concilio Vaticano II, sea por la razón que sea, entonces se tardará varios años más en llegar a un acuerdo. No hay ninguna razón teológica para rechazar en bloque este Concilio, de hecho, mons. Lefebvre mismo no lo hizo (ver la nota 37 del trabajo de Gleize). Todas las tesis propuestas por Gleize, la invalidez de su objeto formal, la invalidez su destinatario, la invalidez de su marco filosófico, etc., no han sido suficientemente probadas (siendo muy generoso). A la hermandad no le queda más que atenerse a los puntos concretos que critica, al igual que su fundador (el menos en sus primeras épocas). Esa es la única forma en la que este debate puede avanzar.

viernes, 3 de febrero de 2012

La SSPX no dijo que no, o ya se sabía que la primer redacción del preámbulo había sido rechazada, o como hacer una noticia de la nada misma.

Hay ciertas cosas del periodismo eclesiástico (sea este profesional o amateur) que me resultan totalmente incomprensibles. El día de hoy, a traves de rorate-caeli tomé conocimiento de un sermón predicado por el superior de la SSPX, mons. Fellay, en ocasión de la Fiesta de la Presentación. En dicho sermón, Fellay explicó (entre otras cosas) las razones por las cuales la fraternidad había rechazado la primer redacción del preámbulo doctrinal.

A pesar de que esto se sabía desde hace rato, muchas fuentes de noticia han salido a decir que "la fraternidad ha rechazado" la oferta de la Santa Sede así sin mas, cual si fuera una novedad (lo cual es erróneo) o un "no" definitivo (lo cual también es falso). Me lo imaginaba de InfoCatólica, (que trata el tema por partida doble), pero también ha caído Fernando de la Cigoña (con un reporte un tanto mas moderado), el prestigioso sitio Vatican Insider y su reportero estrella Andrea Tornielli, y hasta el mismísimo padre John Zuhlsdorf (aunque hay que decir que este último solo se limita a comentar el fragmento publicado del antedicho sermón).

Hasta tal punto ha llegado la confusión que el mismo sitio rorate-caeli publicó un nuevo post pidiendo a la blogósfera y periodistas en general, que mejoren sus habilidades de comprensión de texto. En fin... podría asumir muchísimas cosas, inclusive llegando a teorías conspiranóicas... pero siguiendo el consejo de Santo Tomás, voy a asumir "lo mejor", que en este caso sería asumir que es todo un malentendido.

Y ya que estamos, prontamente voy a terminar de redactar un post que tengo guardado hace rato, acerca de la situación doctrinal y canónica de la hermandad, incorporándole algunas discusiones que he tenido recientemente en otros sitios.

viernes, 20 de enero de 2012

Camino Neocatecumenal - No hubo aprobación litúrgica

Finalmente, la Santa Sede no ha aprobado la liturgia neocatecumenal, sino solamente las celebraciones "no liturgicas" propias de la vida del movimiento (celebraciones de la palabra, convivencias, etc.) y aquellas que se realizan cuando termina una etapa del "Camino" y comienza otra. ¿Porque "no litúrgicas"? Porque liturgia viene del griego Λειτουργία (leitourgia) que quiere decir "servicio público", y estas celebraciones no son públicas como la Misa y los sacramentos, sino que se celebran "puertas adentro". Bien por la Santa Sede regulando lo que hacen los movimientos de manera privada.

El párrafo más destacado del discurso que dio hoy el Santo Padre a los miembros del movimiento en cuestión es el siguiente:
"La celebración en las pequeñas comunidades, regulada por los Libros litúrgicos, que hay que seguir fielmente, y con las particularidades aprobadas en los Estatutos del Camino, tiene la función de ayudar a cuantos recorren el itinerario neocatecumenal a percibir la gracia de estar incorporados al misterio salvífico de Cristo. (...) Al mismo tiempo, la progresiva maduración de la fe de cada persona y de la pequeña comunidad debe favorecer su incorporación en la vida de la gran comunidad eclesial, que encuentra su forma ordinaria en la celebración litúrgica de la parroquia, en la cual y por la cual actúa el Neocatecumenado".

Impresionantes palabras del Santo Padre, instando a los neocatecumenales a seguir fielmente los libros litúrgicos (cosa que no hacen) y a incorporarse a la "celebración litúrgica de la parroquia", que es la "forma ordinaria" de "la vida de la gran comunidad eclesial", a cuya incorporación de favorecer "la progresiva maduración de la fe de cada persona y de la pequeña comunidad".

El Papa les marca la cancha, es hora de ver si van a ser obedientes o no... al tenerlos en mi parroquia, lo voy a poder verificar de primera mano.

UPDATE: Novedades con respecto a este tema: La Misa neocatecumenal nuevamente bajo estudio vaticano.



jueves, 12 de enero de 2012

Liturgia neocatecumenal - Rumores de aprobación

El eventual lector estará familiarizado con los rumores que auguran una aprobación de la liturgia neocatecumenal el próximo 20 de Enero. Creo ya haber agotado el tema con mi anterior entrada "La Misa neocatecumenal - una crítica", con lo cual, solo me remitiré a recordar dos cosas:


Así que estoy esperando impaciente, a ver si Ratzinger y Cañizares obran de acuerdo a su pensamiento, o si borran con el codo lo que escribieron con la mano.

martes, 10 de enero de 2012

Dios, el servicio al prójimo y la realización humana

(Tomado y traducido del blog de Alexander Pruss)

Supongamos que Dios no existe, que los seres humanos son los seres más elevados relevantes a nuestro "cálculo" moral (i.e., podría haber extraterrestes mas elevados que los humanos en algún lugar, pero son moralmente irrelevantes). ¿Qué debería tomar uno en ese caso como el aspecto mas elevado del florecimiento humano (orig. human flourishing, traducido de ahora en más como "realización humana")? Seguramente, la ayuda al prójimo. Pero esta ayuda al prójimo apunta a un fin mas allá de si mismo, a saber, el "beneficio" del prójimo. Ahora bien, este beneficio al prójimo no puede primariamiente consistir en poder hacer que el prójimo pueda ayudar al prójimo, de otra forma, el aspecto más elevado de la realización humana consistiría en ayudar a otros a ayudar a otros a ayudar a otros... lo cual resulta en una regresión viciada o circularidad. Mas bien, finalmente, nuestro servicio colectivo al prójimo debería estar dirigido a algo mas que el servicio al prójimo. Pero si no hay Dios, entonces el servicio al prójimo es el elemento más elevado de nuestra realización. Entonces pareciera ser que si no hay Dios, el aspecto mas elevado de nuestra realización consiste en promover otros (y por ende, mas bajos), aspectos del florecimiento/desarrollo/realización de los demás. Y eso no parece estar bien.

Aquí hay otra forma de ver este problema: Hay algo paradójico acerca de perseguir la realización de otros como nuestro fin central: ¿Qué tal si todos alcanzamos nuestro fin? Nuestras vidas perderían lo que centralmente les da significado.

¿Cómo es que la existencia de Dios cambia las cosas? Bueno, nuestro servicio a los demás, en si mismo, ya no es el bien humano mas elevado: la unión amorosa con Dios es el bien humano más elevado, y el servicio a los demás es valioso dado que es parte constitutiva de nuestra propia unión con Dios, y promueve esa unión en los demás.

Comentario Eremítico: Interesante reflexión de Alexander Pruss, que si bien no llega a ser un argumento en pos de la existencia de Dios, sí debería disparar en el eventual lector ateo una profunda reflexión acerca de la realización moral humana.

jueves, 5 de enero de 2012

Nuevo nuncio para la Argentina

Me entero a través del Vatican Informaion Service de que el día de hoy, Benedicto XVI "Nombró al arzobispo Emil Paul Tscherrig como Nuncio Apostólico en Argentina. Ha sido hasta ahora Nuncio en Suecia, Dinamarca, Finlandia, Islandia y Noruega."

Googleé un poco acerca del prelado en cuestión y me encontré con lo siguiente.

De la wikipedia Suiza:
El Arzobispo Tscherrig ha sido criticado por sus opiniones liberales y sus nombramientos episcopales, incluyendo la designación del padre Teemu Sippo SCJ como Obispo de Finlandia. (fuente)

No es muy alentador el primer resultado de mi búsqueda, pero como en todo, habrá que otorgar el beneficio de la duda, esperar y ver.

viernes, 16 de diciembre de 2011

Status Questionis de la libertad religiosa previo al Concilio Vaticano II

Encontré en el blog "Disputationes Theologicae" un documento súmamente interesante. Resulta ser que con respecto a la libertad religiosa, previamente al Concilio, había dos posiciones diametralmente opuestas: la del cardenal Ottaviani y la del cardenal Bea. A ambos les fue encargado redactar textos preliminares para el Concilio; Ottaviani para la Constitución Dogmática acerca de la Iglesia (lo que sería Lumen Gentium) y Bea para el proyecto sobre el ecumenismo (me imagino que es de donde surgieron Nostra Aetate, Unitatis Redintegratio, y Dignitatis Humanae). Estos textos poseían ambos sendas secciones referidas a la libertad religiosa, obviamente, con opiniones antagónicas.

Como bien se sabe, las posiciones del cardenal Bea prevalecieron. Lo que ha hecho la gente de Disputationes Theologicae es publicar el texto original de Ottaviani (en italiano), que representa el "Status Questionis" de la libertad religiosa, antes del Concilio, según el antes mencionado cardenal.

La mayor parte del documento postula cosas que la Iglesia post-conciliar sigue profesando: Los deberes del Estado para con la verdadera religión, etc. Pero copio aquí el único punto que me parece contrario a la enseñanza del Concilio:

(...) ningún motivo autoriza al poder civil a forzar a las conciencias a aceptar la Fe divinamente revelada. En efecto, la fe es libre por esencia, y ella no puede ser objeto de ninguna coerción, así como lo enseña la Iglesia diciendo: "Ninguno puede ser obligado, contra su propia voluntad, a abrazar la Fe católica". Pero esto no impide de ningún modo que el poder civil deba procurar las condiciones intelectuales, sociales y morales, gracias a las cuales fieles, incluso aquellos que no tienen grandes conocimientos, puedan fácilmente perseverar en la fe que han recibido. Por esta razón, así como el poder civil estima que es su deber el procurar el cuidado de la moralidad pública, del mismo modo, a fin de preservar a los ciudadanos de las seducciones del error y para que el Estado sea conservado en la unidad de Fe, que es el bien supremo y es la fuente de una multitud de beneficios, incluso en el orden temporal, el poder civil puede regular las manifestaciones públicas de los demás cultos, y defender a los propios ciudadanos de la difusión de las falsas doctrinas a causa de las cuales, a juicio de la Iglesia, su eterna salvación es puesta en peligro.

Aquí está el quid de la cuestión de la libertad religiosa. El Concilio Vaticano II enseñó que el límite que posee el Estado para restringir la práctica pública de las religiones falsas y la difusión de doctrinas erróneas es la ley natural. La enseñanza del Magisterio del siglo XIX hasta el Concilio desconoce dicho límite y pareciera ubicarlo en la obtención de bienes temporales como la unidad en la Fe del pueblo (esa pareciera ser la lectura mas coherente, dado que ya en Immortale Dei, León XIII descartó por completo cualquier atribución del estado en el orden sobrenatural... en este dominio solo posee obligaciones). Previamente a eso, tal y como demostró el profesor Thomas Pink en su importantisimo trabajo "What is the Catholic Doctrine regarding religious liberty?" (que no puedo cansarme de recomendar a cualquier persona interesada en el tema y que sepa inglés), desde la contra-reforma hasta principios del siglo XIX, se asumía que el límite de la autoridad coercitiva de la Iglesia era la jurisdicción sobre los bautizados (la Iglesia no se atribuía derecho a ejercer coerción sobre los no-cristianos).

En fin, desearía tener suficiente tiempo como para embarcarme en una traducción completa del artículo del profesor Pink, que aborda detalladamente todos estos temas... tal vez para las vacaciones.

martes, 13 de diciembre de 2011

La SSPX y la jurisdicción

Hace ya algunas semanas, rorate-caeli publicó un artículo de Côme de Prévigny acerca del estado actual de las "negociaciones" entre la SSPX y la Santa Sede. Hubo una frase de este texto que me indignó, lo cual motivo dos comentarios míos. Reproduzco el primero de ellos, que sintetiza perfectamente un error en el que incurre la SSPX al evaluar su situación eclesiológica.
De Prévigny dice: "Todos ellos (los sacerdotes de la SSPX) desean ardientemente una regularización de su sociedad. ¡Esto haría sus tareas diarias mas fáciles!"

Leer cosas como estas me hace pensar que dentro de la SSPX hay una comprensión incompleta de lo que es la jurisdicción, o al menos una idea que no está en linea con la tradición o la doctrina común antes del Concilio Vaticano II.

Es "sententia communis" (o al menos, lo era antes del concilio, de acuerdo a la Catholic Encyclopedia) que debido a la constitución monárquica de la Iglesia, todo poder ejercido sobre ella (o cualquier porción de ella) debe emanar inmediatamente del Soberano Pontífice (cf, Enciclopedia Católica, Obispo, Derechos y Poderes del Obispo). Nuestro Señor Jesucristo constituyó la Iglesia de tal forma que todo fiel estuviese bajo la jurisdicción de un Sucesor de los Apóstoles. La ordenación episcopal confiere la condición de ser un Sucesor de los Apóstoles, pero la jurisdicción, el derecho de enseñar, gobernar y santificar cualquier porción de la Iglesia, solo puede provenir del Papa (de nuevo, esto no es ex cathedra pero es la enseñanza común de los teólogos, especialmente antes del Concilio Vaticano II)

En cualquier caso, la jurisdicción es un elemento esencial de la Iglesia, establecido por el Derecho Divino. No es un punto menor del derecho canónico positivo, que puede simplemente ser ignorado si uno juzga privadamente que sería mejor hacerlo "pro salus animarum". Es verdad que la Iglesia "suple" la jurisdicción para actos particulares bajo ciertas condiciones, pero no existe algo como una jurisdicción suplida para todo un apostolado, misión o Iglesia Particular.

Entonces, si los sacerdotes de la SSPX "desean ardientemente una regularización de su sociedad", no debe ser simplemente para hacer "sus tareas diarias mas fáciles", sino para realmente tener el derecho de enseñar, santificar y gobernar a la gente a la que sirven... para que ellos estén bajo la jurisdicción de un Sucesor de los Apóstoles en plena comunión con el obispo de Roma, tal y como Nuestro Señor estableció. La SSPX puede aducir que reconocen la jurisdicción del ordinario local, ¡pero el problema es que las personas a las que sirven no!

El otro comentario hacía referencia a los problemas doctrinales, así que no lo copio ya que no tiene mucho que ver con la presente discusión. Agrego algunas notas como para cerrar este post:

En mi opinión personal, realmente hubo un "estado de necesidad" durante los años en los que se formó y creció la SSPX. Hubo un gran número de fieles que se escandalizaron por la destrucción de la liturgia, el cambio en el lenguaje teológico, ciertos abusos, etc. Es perfectamente lógico y comprensible que estos fieles acudiesen a sacerdotes de grupos tradicionalistas para seguir recibiendo los sacramentos y la catequesis. En esta situación, no cabe duda de que la Iglesia suplió la jurisdicción para Confesiones, Matrimonios y demás actos que la requiriesen para su validez y/o licitud.

La pregunta es hasta que punto puede este estado de necesidad persistir: La Misa tridentina ya ha sido liberada y de a poco va teniendo mas disponibilidad en todo el mundo. Todavía persisten problemas de orden doctrinal, es verdad... yo más bien diría teológicos. ¿Son suficientes estos problemas para seguir aduciendo un estado de necesidad? ¿Es necesario que sean resueltos antes de procurar una regularización? Son preguntas difíciles, pero creo que hay un criterio válido que puede usarse para responderlas:

La comunión en la Iglesia tiene como presupuesto necesario, el que se comparta una misma Fe. En la medida en que los fieles "tradicionalistas" no crean tener la misma Fe que sus respectivos obispos o que el resto de la Iglesia (es decir, si creen que el Papa y demás obispos en comunión con él, yerran en cuestiones "de fide"), el estado de necesidad persiste (en tanto y en cuanto estos fieles deseen la comunión, sino, estamos hablando de un cisma). Tampoco puede haber una "regularización" en esta situación; la jurisdicción solo puede ser conferida a un Sucesor de los Apóstoles "en comunión" (de fe) con el Papa, o delegada en presbíteros también en plena comunión de fe.

¿Son "de fe" los problemas doctrinales que plantea la SSPX? A priori me parece que no... ni la libertad religiosa, ni la colegialidad, ni las leyes litúrgicas, ni el ecumenismo han sido objeto de definiciones ex cathedra, al menos hasta donde llegan mis conocimientos. Muchos dirán que la "libertad religiosa" fue condenada ex cathedra en Quanta Cura... eso ameritaría una discusión teológica a parte, pero a priori me parece que no (alguien en el Concilio debió haberse dado cuenta de que estaban promulgando una herejía... y ni siquiera mons. Lefebvre catalogó de herética a Dignitatis Humanae, Ottaviani tampoco... en fin...). Pero bueno, si la SSPX dice que si, entonces es un tema que debe ser aclarado antes de proceder a una regularización (o declarar inexistente el estado de necesidad).

También está el tema de la Professio Fidei... esta "profesión" es el texto que manifiesta (al menos jurídicamente) la comunión de Fe que debe darse entre los creyentes... deben hacerla todos aquellos que son elegidos para desempeñar un oficio eclesiástico. Según se dice, el famoso "Preámbulo Doctrinal" requeriría la aceptación de este texto. Resulta ser que su último párrafo reza: "Me adhiero, además, con religioso obsequio de voluntad y entendimiento, a las doctrinas enunciadas por el Romano Pontífice o por el Colegio de los obispos cuando ejercen el Magisterio auténtico, aunque no tengan la intención de proclamarlas con un acto definitivo.". Aquí está el problema. Refiero a mi anterior entrada acerca de la SSPX y el Obsequio Religioso. Como dije en dicho post, opino que el otorgar el obsequio religioso no implica necesariamente la "adhesión" o "asentimiento" a la doctrina propuesta... pero bueno, eso es otro tema del que ya he hablado. Aquí se mezclan las cosas, porque si bien el problema no sería "de fe" sino relativo a doctrinas reformables, estas requerirían "algo" (obsequium religiosum) que la SSPX no estaría dispuesta a dar (en caso de que obsequium signifique asentimiento)... y harían bien, porque solo las verdades de Fe exigen asentimiento de Fe (si el intelecto o la conciencia me dicen que algo es erróneo, es imposible para la voluntad dar asentimiento). Tal vez si en lugar de decir "Me adhiero, además, con religioso obsequio..." dijese "Respeto, además, con religioso obsequio..." estaríamos mas cerca de un acuerdo. Como he dicho, el Magisterio le debe a la Iglesia una definición precisa y clara de lo que es el "obsequium religiosum".

Así que bueno, todavía está por ver en que termina todo esto.

domingo, 4 de diciembre de 2011

La SSPX y el obsequio religioso

Para el lector que no está adentrado en el asunto, hago una breve introducción: La Hermandad Sacerdotal San Pío X (SSPX) es un grupo de sacerdotes católicos (al que luego se fueron agregando religiosos, miembros terciarios, etc.) fundado por el difunto arzobispo francés Marcel Lefebvre en el año 1970.

En dudosas circunstancias, a este grupo le fue quitado el reconocimiento canónico (año 1978, si no me falla la memoria). ¿Por qué? Aparentemente, por criticar la Misa post-conciliar y diversas doctrinas del Concilio Vaticano II. Debido a esta quita de reconocimiento canónico, todos los presbíteros ordenados posteriormente a esa fecha están suspendidos a divinis. La situación se agravó aún más cuando, en el año 1988, mons. Lefebvre ordenó a cuatro de sus presbíteros como obispos, sin autorización de la Santa Sede. Hizo esto para asegurarse de que los jóvenes formados en su seminario pudiesen ser ordenados. Este acto le ameritó la pena de excomunión a él y a los cuatro obispos ordenados. En 2009, Benedicto XVI retiró las excomuniones a los obispos en cuestión.

En estos últimos tiempos, ha habido discusiones doctrinales con los teólogos de la SSPX, para revisar aquellos puntos del Concilio Vaticano II y el magisterio de los últimos cinco Papas, con los que ellos disienten. Estas discusiones han concluido con la formulación de un Preámbulo Doctrinal, el cual la hermandad debe aceptar como pre-condición para volver a tener reconocimiento canónico. Hasta aquí la introducción.

Hace unos días, monseñor Ocariz Braña, uno de los teólogos que participó de las discusiones doctrinales, publicó un artículo en L'Osservatore Romano (diario oficial de la Santa Sede), en el cual vierte algunos conceptos acerca del obsequio religioso, la hermenéutica de los documentos magisteriales, etc. Este artículo levantó una inmensa polvareda en la blogósfera, y si bien aún no ha habido respuesta oficial por parte de la SSPX (ni creo que la vaya a haber), en muchos blogs en los que abundan comentaristas miembros o "simpatizantes" de la hermandad, se ha dejado adivinar un nuevo disenso: el nivel de asentimiento debido a los actos del magisterio no infalibles ni irreformables, conocidos comúnmente como magisterio "auténtico" (aunque este termino no me parece apropiado... ¿acaso el Magisterio infalible no es también auténtico?).

Status Questionis


Hasta donde se, Lumen Gentium es el primer pronunciamiento magisterial referido al nivel de asentimiento debido a los distintos tipos de pronunciamientos magisteriales. Referido a las enseñanzas propuestas de manera no infalible, este documento dice:
Los Obispos, cuando enseñan en comunión con el Romano Pontífice, deben ser respetados por todos como testigos de la verdad divina y católica; los fieles, por su parte, en materia de fe y costumbres, deben aceptar el juicio de su Obispo, dado en nombre de Cristo, y deben adherirse a él con religioso respeto. Este obsequio religioso de la voluntad y del entendimiento de modo particular ha de ser prestado al magisterio auténtico del Romano Pontífice aun cuando no hable ex cathedra; de tal manera que se reconozca con reverencia su magisterio supremo y con sinceridad se preste adhesión al parecer expresado por él

Muchos años después, en la declaración Donum Veritatis, el entonces cardenal Ratzinger dio una enseñanza un tanto mas clara:
23. Cuando el Magisterio de la Iglesia se pronuncia de modo infalible declarando solemnemente que una doctrina está contenida en la Revelación, la adhesión que se pide es la de la fe teologal. Esta adhesión se extiende a la enseñanza del magisterio ordinario y universal cuando propone para creer una doctrina de fe como de revelación divina.

Cuando propone « de modo definitivo » unas verdades referentes a la fe y a las costumbres, que, aun no siendo de revelación divina, sin embargo están estrecha e íntimamente ligadas con la Revelación, deben ser firmemente aceptadas y mantenidas[22].

Cuando el Magisterio aunque sin la intención de establecer un acto « definitivo », enseña una doctrina para ayudar a una comprensión más profunda de la Revelación y de lo que explícita su contenido, o bien para llamar la atención sobre la conformidad de una doctrina con las verdades de fe, o en fin para prevenir contra concepciones incompatibles con esas verdades, se exige un religioso asentimiento de la voluntad y de la inteligencia[23]. Este último no puede ser puramente exterior y disciplinar, sino que debe colocarse en la lógica y bajo el impulso de la obediencia de la fe.

Hasta donde yo sabía, nadie objetaba estos puntos... pero me equivoqué. El tema se está discutiendo en blogs como rorate-caeli, el blog del padre John Zuhlsdorf y también en Info-caótica, blog en el cual han dedicado otras dos entradas a analizar el texto en detalle (parte 1 y parte 2). También se han referido al artículo el P. Morado de Infocatólica, la Cigüeña de la Torre, aunque con menos eco por parte de sus lectores.

¿Hay pronunciamientos previos al Concilio?


Pocos. El Syllabus de errores de Pío IX ya condena la postura de que "La obligación de los maestros y de los escritores católicos se refiere sólo a aquellas materias que por el juicio infalible de la Iglesia son propuestas a todos como dogma de fe para que todos los crean." (n. 22), con lo cual, es evidente que el magisterio no infalible supone ciertas obligaciones. Luego de eso, tenemos la opinión de los teólogos. El usuario "Br. Joseph" del foro Angelqueen.org, publicó un sumario muy interesante de las diversas posturas. En el vemos, por ejemplo, la opinión del padre Joaquim Salaverri que dice que "A los decretos doctrinales de la Santa Sede (...) se les debe un asentimiento de la mente (intelecto), interno y religioso.". El padre Joseph Fentom opinaba que a un pronunciamiento no-infalible, el fiel debe adherirse "Con un asentimiento mental (intelectual) firme pero condicional". El padre Nicolas Jung da una opinión un poco mas extensa:

Esta es la razón por la cual debemos al magisterio auténtico, no un asentimiento ciego e incondicional, sino uno prudencial y condicional: Dado que no todo lo enseñado por el Magisterio ordinario es infalible, debemos preguntarnos que tipo de asentimiento debemos darle a sus diversos pronunciamientos. El cristiano esta obligado a dar su asentimiento de Fe a todas las verdades morales y doctrinales definidas por el Magisterio de la Iglesia. No está obligado a dar el mismo asentimiento a la enseñanza impartida por el soberano pontífice cuando esta no es impuesta a todo el Cuerpo de Cristo como dogma de Fe. En este caso, basta dar ese asentimiento interno y religioso que damos a la autoridad eclesiástica legítima. Este no es un asentimiento absoluto, porque tales decretos no son infalibles, sino un asentimiento prudencial y condicional, dado que en cuestiones de Fe y Moral hay una presunción en favor del superior... Tal asentimiento prudencial no elimina la posibilidad de someter la doctrina a posterior examen, si eso parece necesario debido a la gravedad de la cuestión.
Nicolas Jung, Le Magistère de L’Èglise, 1935, pp.153,154

Cita por último el forero en cuestión a Paul Nou:

Si no hemos de ser arrastrados al error, debemos urgentemente recordar que el asentimiento debido al magisterio no-infalible... es aquel de asentimiento interno, no de fe, sino de prudencia, cuya negación no podría escapar la marca de la temeridad, a no ser que la doctrina rechazada sea una innovación o conlleve una manifiesta discordancia entre la afirmación pontificia y la doctrina que hasta entonces había sido enseñada.
Dom Paul Nau, Pope or Church?, p.29, 1956

Esta última cita parece echa a medida de la SSPX, de hecho, simplemente estoy repitiendo las citas dadas por el forero en cuestión, con lo cual no descarto una cierta parcialidad. Sin embargo, podemos trabajar con las citas tal y cómo están.

La opinión del obispo Christopher Butler


El bloguero y asiduo comentarista de info-caótica Miles Dei aportó a la discusión en dicho blog, un texto del obispo Christopher Butler acerca de la autoridad del Magisterio, en el cual habla también acerca del concepto de obsequio religioso en los textos del Concilio Vaticano II. Mas que nada toma algunos pensamientos de monseñor Philips, secretario de la comisión teológica del Concilio Vaticano II. Tomo y traduzco algunos párrafos relevantes:
'Obediencia' podría ser una traducción apropiada de 'voluntatis obsequium' (aunque pienso que es muy fuerte como para cubrir todos los casos), pero no puede ser el significado de 'intelectus obsequium'. El intelecto no puede "obedecer"; lo que puede hacer es comprender y dar asentimiento.

Solo puedo dar mi asentimiento a algo como verdadero si es evidente por si mismo o garantizado por condiciones externas. Puedo asentir a una definición ex cathedra porque, a pesar de que normalmente no es evidente por si misma, está garantizada como verdadera por la asistencia del Espíritu Santo. Pero no puedo asentir, por ejemplo, a la enseñanza de Humanae Vitae simplemente porque "Roma ha hablado", porque no tengo garantía de que el Espíritu Santo haya preservado al Papa del error, al no estar hablando ex cathedra. Es por eso que pienso que "obediencia" es demasiado fuerte como para traducir al "voluntatis obsequium" y totalmente incapaz de traducir el "intellectus obsequium". Preferiría traducir obsequium con otro término vago: "debido respeto".

(...)

Mons. Philips aclara que 'nadie puede reclamar el poner sobre nosotros la obligación de asentimiento intelectual incondicional para con tales enseñanzas' (no infalibles) (...) (Sigue diciendo mons. Philips que) cuando el Papa enseñe de forma no infalible, 'los fieles estarán profundamente dispuestos a respetar/venerar su autoridad en lugar de tratarla con desprecio o incluso con burla'. La obligación de sumisión (u obsequio) es exactamente proporcional al grado con el cual el oficio de enseñar es ejercido.

(...)

Si el Papa o un obispo hace una declaración oficial que no llega a ser una definición (ex cathedra o irreformable), o si da solo consejo prudencial, estaremos obligados, proporcionadamente, a asentir, con docilidad, o con cordial atención.

El obsequio es entonces, variable, mientras que el asentimiento es, según el uso que doy a la palabra, incondicional. No doy mi asentimiento en mayor medida a la proposición "dos mas dos es cuatro", que a la proposición "cinco al cuadrado es veinticinco", que a la proposición "Yo existo". En cada caso, simplemente doy (o niego) mi asentimiento. Pero muestro mas "obsequium" por mi obispo diocesano cuando expone la Fe, que a pronunciamientos similares hechos por otros obispos... y menos que por el que doy a las enseñanzas no infalibles del Papa cuando se dirige a la Iglesia Universal, y no simplemente a su rebaño en Roma o a una conferencia de Obispos.

Pienso que "respeto teórico y práctico" es mas o menos el sentido de "obsequium".

Las soluciones posibles al problema


Bien, hemos revisado las diversas opiniones y textos que han traído a colación los internautas que están discutiendo este tema. Según mi humilde entender, podemos resumir las posturas existentes en las siguientes tres:

  • A los pronunciamientos magisteriales no-irreformables se les debe una sumisión religiosa del intelecto y la voluntad
  • A los pronunciamientos magisteriales no-irreformables se les debe un "respeto" proporcional/correspondiente a la forma (en sentido tomista) del pronunciamiento en cuestión.
  • A los pronunciamientos magisteriales no-irreformables se les debe un asentimiento intelectual condicional, o también "prudencial".

¿Que hacemos con esto? Primero que nada, debe decirse que la primer postura es una enseñanza magisterial, mientras que las otras dos son solo opiniones teológicas. Pero casualmente, ¡es una enseñanza no-infalible! Con lo cual, para no caer en un razonamiento circular, debemos proceder prescindiendo de este dato.

Creo que será conveniente mirar primero lo que estas posturas tienen en común: ninguna aduce que deba darse al magisterio no-infalible un asentimiento de Fe. Ninguna aduce que este tipo de pronunciamientos obliguen en conciencia. ¿Que quiere decir eso? Que sea cual sea la solución por la que optemos, es posible que, al final de un proceso intelectual que aún no podemos ver con claridad, una persona pueda lícitamente "no afirmar"/"no sostener" una doctrina enseñada como no-infalible, sin que esto disminuya su comunión con la Iglesia. La diferencia entre las distintas posturas radica exactamente en la naturaleza de este proceso por el cual un fiel puede negar una doctrina no-infalible.

Comenzando por la tercer postura, pareciera ser que la SSPX, siguiendo a Paul Nou, aduce que basta el juicio privado para "desestimar" una doctrina no-infalible. Nou parece afirmar que basta que uno juzgue la enseñanza en cuestión como "novedosa" o "discordante con lo que se enseñó previamente", como para que uno pueda lícitamente desestimarla. El problema que encuentro con esta postura, es que no plantea ningún tipo de obligación al fiel... no compromete a ninguna de las potencias de la persona, simplemente deja la decisión al juicio de cada individuo y da un simple criterio para efectuarlo (que bien podríamos llamar tradional-ismo). Esto me parece cercano a la opinión que Pío IX condenó en el Syllabus, a saber, que solo las enseñanzas ex cathedra suponen obligaciones al fiel. Pero, ¿a que estamos entonces obligados en estos casos?

Analicemos aquí la primer postura (como si fuera una opinión teológica más, y no como la enseñanza magisterial que es). Dice esta opinión que hay que dar una "religiosa sumisión del intelecto y la voluntad" a la enseñanza en cuestión. ¿Que puede significar esto? Hay que analizar la sumisión de estas dos potencias de forma independiente. En principio, enseña el tomismo que el entendimiento es una potencia pasiva, con lo cual, la única forma posible de "someterlo" es exponiéndolo a la doctrina en cuestión y sus fundamentos. A esto se suma la sumisión de la voluntad: Si sabemos que no estamos obligados a dar un asentimiento de Fe, ¿que implica este sometimiento de la voluntad? La opinión mas común es la de "no desear el disenso", "tener la voluntad de dar un asentimiento", "desear adherir". Se dice que esta doble sumisión es "religiosa" pues se efectúa en respuesta a la autoridad que propone la enseñanza, que fue instituida por Cristo para desempeñar esta función de enseñar y que está asistida por el Espíritu Santo, las gracias de estado, etc.. Entonces, podemos concluir que la sumisión del intelecto y la voluntad, implica disponer el uso de estas potencias de nuestra alma, en pos del asentimiento de la doctrina en cuestión, en virtud de la autoridad que la propone (instituida y asistida por Dios).

Finalmente, si bien la segunda postura no nos habla demasiado acerca de la naturaleza del acto con el cual debemos responder a la enseñanza no-infalible, creo que no yerra al hablar de una proporcionalidad entre el "obsequio" dado a una enseñanza y la "forma" del acto magisterial por el cual es propuesta. No es lo mismo un simple discurso papal que una encíclica, no es lo mismo un acto magisterial que está dirigido a mi (una carta del Obispo a todos los fieles de Quilmes) que uno que no lo está (discurso del Papa a los fabricantes de zapatos), no es lo mismo que el Papa hable a católicos, que a no-católicos (a no ser que los esté evangelizando).

Conclusión


Teniendo todo esto en cuenta, me parece que la postura mas razonable es afirmar que: Ante una enseñanza magisterial no definitiva, el fiel debe disponer sus potencias (intelecto y voluntad) a aceptarla (desear no disentir, estudiar profundamente el asunto, etc.), en virtud de la autoridad que la propone (instituida por Cristo y asistida por el Espíritu Santo). La obligación de tener esta disposición (y el grado de la misma) es mas o menos grave, dependiendo de la "forma" del acto mediante el cual la enseñanza fue propuesta: quien la propone (el Papa, un dicasterio, un obispo, etc.), cómo la propone (encíclica, declaración, discurso, etc.), a quiénes la propone (enseñanza dirigida a toda la Iglesia o una parte, a la que uno puede pertenecer o no), etc. Si a pesar de cumplir con esta obligación, el fiel sigue sin poder aceptar en conciencia la enseñanza propuesta, este no se hace reo de pecado alguno, ni se ve disminuida su comunión con la Iglesia (al menos no de forma culpable).

En cuanto al proceder en estos casos de disenso, se debe ser súmamente prudente: comunicar esta situación al superior o director espiritual, tener cuidado de no "compartir" el disenso sino solo en pos de un bien mayor (por ejemplo, con un experto en la materia en disputa), procurar no generar escándalo (un sacerdote no debería manifestar su disenso en una homilía), no inducir a quienes no han tenido problemas en aceptar la doctrina a que la rechacen, etc. En el caso de los teólogos, la instrucción Donum Veritatis proporciona, mutatis mutandis, lineamientos parecidos.

UPDATE: Miles Dei hizo un nuevo aporte a la discusión, mencionando que en los textos originales no se usa la palabra sumisión sino simplemente "obsequium". Menciona un texto de Ratzinger en el que él usa como traducción el termino "religiosa reverencia". Puede verse la totalidad del texto aportado en este thread de comentarios

A priori, así concediésemos que el término sumisión es de por sí inapropiado, creo que podríamos seguir sosteniendo la interpretación del término "obsequium" dada en este artículo, a saber, formar la intención de comprender y dar asentimiento a la doctrina propuesta, sin que esta obligue en conciencia.

Pero bueno, tal vez deba pensarlo por unos días. Y de paso ver como sigue el debate.

 
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